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04/03
Las empresas de TV paga deberán justificar los aumentos del abono
Lo decidió la secretaría de Comercio Interior, a cargo de Guillermo Moreno, que establecerá un precio igualitario al que deberá ajustarse el sector. La cartera argumentó que “la discrecionalidad en la fijación del precio opera como un mecanismo de exclusión de los usuarios". La decisión se produce después de dos fallos adversos que rechazaron la suspensión de aumentos en los abonos.

La Secretaría de Comercio Interior dispuso hoy que las empresas de televisión paga se sometan a una fórmula para determinar el valor del abono que deberán cobrar a sus clientes.

Fue a partir de dos fallos judiciales que rechazaron una medida cautelar emitida por la Comisión nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) que había frenado por 60 días los aumentos.

La resolución 50/2010, que se publicó en el boletín oficial esta mañana, señala que la medida "no vulnera los derechos de propiedad" sino que se "limita" a "defender los derechos de los usuarios".

La Secretaría de Comercio Interior "tomará los recaudos que sean menester en el marco de su competencia para establecer un precio igualitario al que deberán ajustarse todas las operaciones relacionadas a dicho consumo".

La resolución señala que las compañías deberán justificar el precio de sus servicios tomando en cuenta una decena de parámetros y presentar los resultados para su posterior aval en la Dirección de Lealtad Comercial, entre el 8 y el 22 de marzo.

Similar a la anterior resolución de la CNDC, que había sospechado la cartelización del sector, Moreno señaló que “la existencia de fuertes economías de escala en la actividad, facilita la conformación de posiciones dominantes a través de la concentración de la oferta”, y que "la discrecionalidad en la fijación del precio opera como un mecanismo de exclusión de los usuarios".

Para calcular el abono, las empresas deberán detallar varios ítems, entre ellos capital empleado, monto de inversión necesaria para mantener el servicio, gasto de mantenimiento de red, etc.

Ayer mismo, en un fallo similar al que benefició al cableoperador del grupo Clarín, Cablevisión, a partir del reclamo de Direct TV la Cámara Civil y Comercial Federal suspendió nuevamente los efectos de dos resoluciones de la CNDC que prohibieron por 60 días aumentos en el precio de los abonos.

Al igual que el anterior fallo, los jueces Ricardo Garinoni y Santiago Kiernan dijeron que la facultad de dictar medidas cautelares no es de la CNDC sino de un Tribunal de Defensa de la Competencia que aún no fue creado.


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